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	<title>DPD archivos - Gestiona Abogados</title>
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	<description>Delegados en Protección de Datos Certificados RGPD</description>
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	<title>DPD archivos - Gestiona Abogados</title>
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		<title>PROTECCIÓN DE DATOS.POLÍTICAS (VI)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 11 Feb 2019 06:16:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[blog]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[Medidas técnicas y organizativas]]></category>
		<category><![CDATA[auditoría]]></category>
		<category><![CDATA[evaluar riesgos]]></category>
		<category><![CDATA[POLÍTICAS PROTECCIÓN DE DATOS]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Política de Auditoría y Evaluación de Riesgos.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/proteccion-de-datos-politicas-vi/">PROTECCIÓN DE DATOS.POLÍTICAS (VI)</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h4 class="wp-block-heading"><strong>Política de Auditoria y Evaluación de Riesgos</strong></h4>



<p>Para finalizar con los ejemplos de políticas de protección de datos, no debemos olvidar la más importante.  </p>



<p class="has-medium-font-size"><a href="https://protecciondatoscertificado.es/auditoria-de-proteccion-de-datos/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Auditar (abre en una nueva pestaña)">Auditar</a> y <a rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-viii-analisis-de-riesgos/" target="_blank">evaluar los riesgos</a> es imprescindible para cualquier organización.</p>



<p>Es decir,</p>



<ul class="wp-block-list"><li>debemos establecer los requisitos y procedimientos</li><li>para la realización de evaluaciones periódicas de riesgos</li><li>con el fin de salvaguardar la seguridad de la información</li><li>y con el objeto de determinar vulnerabilidades</li><li>e iniciar los procesos de corrección correspondientes.</li></ul>



<p>En consecuencia, es necesario comprender el riesgo del tratamiento de los datos sensibles, por lo que el análisis de riesgo de datos incluye <strong>descubrir, identificar y clasificar ese riesgo.</strong></p>



<p>De esta manera, los
administradores de datos pueden tomar medidas tácticas y estratégicas para
asegurar que los datos sean seguros.</p>



<p>En primer lugar debes considerar
que las medidas necesarias se imponen de manera diferente en función de cada
empresa. </p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="820" height="331" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/check-list.jpg" alt="check list de auditoría" class="wp-image-1906" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/check-list.jpg 820w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/check-list-300x121.jpg 300w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/check-list-768x310.jpg 768w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/check-list-500x202.jpg 500w" sizes="(max-width: 820px) 100vw, 820px" /></figure></div>



<p>No obstante, hay algunas precauciones que toda empresa debe tomar y que detallamos a continuación:</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>CHECKLIST DE AUDITORÍA</strong></h4>



<ul class="wp-block-list"><li>Establece los <a rel="noreferrer noopener" aria-label="procesos de documentación (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-iii-gestion-del-registro-de-actividades-de-tratamiento/" target="_blank">procesos de documentación</a> para el tratamiento de datos personales.</li><li>Crea un <a rel="noreferrer noopener" aria-label="directorio (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-a-seguir-para-evidenciar-el-cumplimiento-del-rgpd-responsabilidad-pro-activa/" target="_blank">directorio</a> para las tareas de procesamiento de datos. &nbsp;</li><li>Crea vías de comunicación para las <a rel="noreferrer noopener" aria-label="consultas de los clientes (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-iv-como-hacer-efectivo-el-ejercicio-de-derechos/" target="_blank">consultas de los clientes</a> sobre protección de datos. &nbsp;</li><li>Evalúa si es necesario recurrir a un <a rel="noreferrer noopener" aria-label="delegado de protección de datos (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-vii-protocolo-de-cumplimiento-en-relacion-con-la-figura-del-dpd/" target="_blank">delegado de protección de datos</a>.</li><li>Adapta la declaración de <a rel="noreferrer noopener" aria-label="privacidad de tu página (abre en una nueva pestaña)" href="https://dataprotectionoficcer.com/2018/11/13/decalogo-de-politicas-de-privacidad-online/" target="_blank">privacidad de tu página</a> a las nuevas regulaciones.</li><li>Consulta con el jefe del departamento técnico y los delegados de protección de datos si las <a rel="noreferrer noopener" aria-label="medidas técnicas (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/proteccion-de-datos-politicas-i/" target="_blank">medidas técnicas</a> actuales sobre protección de datos son suficientes. En algunas circunstancias será necesario recurrir a otras medidas o integrar mejor en la infraestructura de TI las ya existentes.</li><li>Todos los datos personales recopilados que infringen la <a rel="noreferrer noopener" aria-label="prohibición de asociación (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/datos-personales-sin-consentimiento-rgpd/" target="_blank">prohibición de asociación</a> deben recabarse de otro modo y obtenerse de manera voluntaria.</li><li>Si has recurrido a servicios externos para procesar datos personales para tu empresa, debes consultarles si los <a rel="noreferrer noopener" aria-label="acuerdos celebrados (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-iii-relacion-entre-responsable-y-encargado-del-tratamiento/" target="_blank">acuerdos celebrados</a> son de conformidad con la reforma sobre protección de datos. Adapta los acuerdos a las nuevas exigencias.</li><li>Comprueba la manera en que solicitas <a rel="noreferrer noopener" aria-label="el consentimiento (abre en una nueva pestaña)" href="https://protecciondatoscertificado.es/el-consentimiento-en-el-rgpd/" target="_blank">el consentimiento</a> de tus potenciales clientes, tanto los que solicitan tus productos o servicios de la manera tradicional, como los que lo solicitan &nbsp;en tu <a rel="noreferrer noopener" aria-label="tienda online (abre en una nueva pestaña)" href="https://dataprotectionoficcer.com/2018/11/13/decalogo-de-politicas-de-privacidad-online/" target="_blank">tienda online</a> y adapta dichos procedimientos a las disposiciones del RGPD.</li><li>Mantente actualizado sobre todo lo relativo al Reglamento <a rel="noreferrer noopener" aria-label="ePrivacy (abre en una nueva pestaña)" href="https://iabspain.es/reglamento-e-privacy/" target="_blank">ePrivacy</a>. En el futuro podrás regular cómo los negocios online tratan con herramientas de análisis y de seguimiento.</li><li>Si no estás seguro, busca <a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="asesoramiento profesional (abre en una nueva pestaña)">asesoramiento profesional</a>.</li></ul>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="300" height="168" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/derecho-del-trabajador-diario-juridico-300x168.jpg" alt="hombres dándose la mano con bocadillo que reza &quot;yo respeto tus derechos&quot;" class="wp-image-1719" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/derecho-del-trabajador-diario-juridico-300x168.jpg 300w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/derecho-del-trabajador-diario-juridico-500x280.jpg 500w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/derecho-del-trabajador-diario-juridico.jpg 750w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /></figure></div>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>CONCLUSIÓN</strong></h5>



<p>Tal y como puede deducirse de la anterior lista ejemplificativa, el <strong>análisis de la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del tratamiento</strong>, así como los<strong> riesgos de diversa probabilidad y gravedad</strong> para los derechos y libertades de las personas físicas, cuyos datos personales son tratados por un <strong>responsable o un encargado</strong>, serán determinados en la <strong>definición de las políticas de protección de datos personales que resulten oportunas para asegurar los datos personales.</strong></p>



<p>Este mismo análisis brindará conclusiones sobre la <strong>proporcionalidad</strong> de las políticas de protección de datos que deban ser adoptadas en cada caso, dado que cada responsable y encargado, y las actividades de tratamiento que cada uno realice, serán diferentes y diferenciables.</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="329" height="79" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1.png" alt="logo gestiona abogados" class="wp-image-1841" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1.png 329w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1-300x72.png 300w" sizes="auto, (max-width: 329px) 100vw, 329px" /><figcaption><a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)">https://protecciondatoscertificado.es/</a></figcaption></figure></div>
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			</item>
		<item>
		<title>PRIVACY BY DESIGN (PbD).RGPD</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Feb 2019 06:23:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[Medidas técnicas y organizativas]]></category>
		<category><![CDATA[privacidad desde el diseño y por defecto]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Privacidad desde el diseño</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/privacy-by-design-pbd-rgpd/">PRIVACY BY DESIGN (PbD).RGPD</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="275" height="183" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/PRIVACY.jpg" alt="hombre con traje que sostiene la etiqueta privacy
" class="wp-image-1947"/></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es Privacy by design (PbD)?</strong></h4>



<p>Privacidad desde el diseño, o “Privacy by Design” es un concepto que la&nbsp;doctora <a href="https://en.wikipedia.org/wiki/Ann_Cavoukian" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label="Ann Cavoukian (abre en una nueva pestaña)">Ann Cavoukian</a>&nbsp;desarrolló en los años 90 para abordar los efectos cada vez mayores y sistémicos de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y de los sistemas de datos en red a gran escala.</p>



<p>En octubre de 2010, los reguladores de la Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Comisionados de Privacidad aprobaron por unanimidad una Resolución que reconoce la Privacidad por Diseño como un <strong>componente esencial de la protección fundamental de la privacidad.&nbsp;</strong></p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow"><p>“El futuro de la privacidad no se puede asegurar únicamente mediante el cumplimiento de los marcos regulatorios;&nbsp;más bien, la garantía de privacidad idealmente debe convertirse en el modo de operación predeterminado de una organización”.</p></blockquote>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow"><p>“Reemplazar el modelo existente de suma cero de uno / o con un paradigma de suma positiva (ganar / ganar) doblemente habilitado será esencial”.</p></blockquote>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="300" height="185" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/anncavoukian-580x358-300x185.jpeg" alt="fotografia de Ann  Cavoukian" class="wp-image-1948" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/anncavoukian-580x358-300x185.jpeg 300w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/anncavoukian-580x358-500x309.jpeg 500w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/anncavoukian-580x358.jpeg 580w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué abarca </strong> <strong>PbD?</strong></h4>



<p>Privacy by Design se
extiende a una trilogía de aplicaciones que abarca:&nbsp;</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Sistemas informáticos&nbsp;</li><li>Prácticas comerciales responsables.</li><li>Infraestructura en red.&nbsp;</li></ul>



<p>Los principios de privacidad
por diseño pueden aplicarse a todos los tipos de información personal, pero
deben aplicarse con especial vigor a datos confidenciales como información
médica y datos financieros.&nbsp;</p>



<p>La solidez de las medidas de
privacidad implementadas tiende a ser proporcional a la sensibilidad de los
datos.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Objetivos&nbsp;de</strong> <strong>PbD</strong> </h4>



<p>Los objetivos de Privacidad
desde el diseño son : </p>



<ul class="wp-block-list"><li>garantizar una privacidad sólida</li><li>obtener un control personal sobre la información personal</li><li>obtener una ventaja competitiva sostenible</li></ul>



<figure class="wp-block-image"><img loading="lazy" decoding="async" width="728" height="546" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/privacy-by-design.jpg" alt="Los 7 principios fundamentales del &quot;privacy by design&quot;" class="wp-image-1949" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/privacy-by-design.jpg 728w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/privacy-by-design-300x225.jpg 300w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/privacy-by-design-510x382.jpg 510w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/privacy-by-design-500x375.jpg 500w" sizes="auto, (max-width: 728px) 100vw, 728px" /></figure>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Los
siete principios fundamentales</strong></h4>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>1. Proactivo no reactivo: preventivo no reparador</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>El marco de Privacy by Design (PbD) se caracteriza por la adopción de medidas proactivas en lugar de reactivas.&nbsp;</li><li>Anticipa los riesgos y previene eventos invasivos de privacidad antes de que ocurran.&nbsp;</li><li>PbD no espera a que se materialicen los riesgos de privacidad, ni ofrece soluciones para resolver las infracciones a la privacidad una vez que han ocurrido.</li><li>Su objetivo es identificar los riesgos y evitar que surjan daños.&nbsp;</li><li>En resumen, la Privacidad por Diseño viene antes, no después.</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>2. Privacidad como configuración predeterminada</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Todos podemos estar seguros de una cosa: ¡las reglas predeterminadas!&nbsp;</li><li>Privacy by Design busca ofrecer el máximo grado de privacidad al garantizar que los datos personales se protejan automáticamente en cualquier sistema de TI o práctica empresarial determinada, como opción predeterminada.&nbsp;</li><li>Si un individuo no hace nada, su privacidad permanece intacta.&nbsp;</li><li>No se requiere ninguna acción por parte del individuo para proteger su privacidad: ya está integrado en el sistema, de forma predeterminada.</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>3. Privacidad incrustada en el diseño</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Las medidas de privacidad están integradas en el diseño y la arquitectura de los sistemas de TI y las prácticas comerciales.&nbsp;</li><li>Estos no están incluidos como complementos, después del hecho.&nbsp;El resultado es que la privacidad se convierte en un componente esencial de la funcionalidad central que se entrega.&nbsp;</li><li>La privacidad es, por lo tanto, integral al sistema, sin disminuir la funcionalidad.</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>4. Funcionalidad completa: suma positiva, no suma cero</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Privacy by Design busca acomodar todos los intereses y objetivos legítimos de una manera positiva de «ganar-ganar», no a través del enfoque con fecha, suma cero (uno u otro), donde se hacen concesiones innecesarias.&nbsp;</li><li>Privacy by Design evita la simulación de falsas dicotomías, como privacidad frente a seguridad, lo que demuestra que es posible tener ambas.</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>5. Seguridad de extremo a extremo: protección completa del ciclo de vida</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>La privacidad desde el diseño, que se integró en el sistema antes de que se recabara el primer elemento de información, se extiende de manera segura durante todo el ciclo de vida de los datos involucrados.</li><li>Las medidas de seguridad estrictas son esenciales para la privacidad, de principio a fin.&nbsp;</li><li>Esto garantiza que todos los datos se recopilen, utilicen, retengan y destruyan de forma segura al final del proceso, de manera oportuna.&nbsp;</li><li>Por lo tanto, Privacy by Design garantiza una gestión integral y segura del ciclo de vida de la información, de extremo a extremo.</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>6. Visibilidad y transparencia: mantenerlo abierto.</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Privacy by Design busca asegurar a todas las partes interesadas que, independientemente de la práctica comercial o la tecnología involucrada, opera de acuerdo con las promesas y objetivos establecidos, y está sujeta a verificación independiente.&nbsp;</li><li>El sujeto de los datos es plenamente consciente de los datos personales que se recopilan y con qué propósito (s).&nbsp;</li><li>Todas las partes y operaciones de los componentes permanecen visibles y transparentes, tanto para los usuarios como para los proveedores.&nbsp;</li><li>Recuerda, confía pero verifica!</li></ul>



<h5 class="wp-block-heading"><strong>7. Respeto por la privacidad del usuario: manténgalo centrado en el usuario</strong></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Por encima de todo, Privacy by Design requiere que los arquitectos y operadores mantengan los intereses de las personas en primer plano.</li><li>Ofrecer medidas tales como valores predeterminados de privacidad sólidos, aviso apropiado y habilitación de opciones fáciles de usar.&nbsp;</li><li>El objetivo es garantizar la privacidad centrada en el usuario en un mundo cada vez más conectado.&nbsp;</li><li>Mantenlo centrado en el usuario.</li></ul>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="300" height="155" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-300x155.png" alt="sombras de personas trabajando alrededor de una mesa" class="wp-image-1858" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-300x155.png 300w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-768x398.png 768w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-1024x530.png 1024w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-1080x559.png 1080w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1-500x259.png 500w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/empresa-1.png 1580w" sizes="auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px" /></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Aplicación empresarial PbD</strong> <strong>.</strong></h4>



<p>Teniendo un enfoque más práctico, ¿qué va suponer esto para mi empresa?</p>



<p>Pues que a la hora de diseñar o contratar una plataforma o aplicación con
incidencia en la privacidad deberemos tener en cuenta:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Las necesidades especiales para proteger la información privada</li><li>Aspectos técnicos</li><li>Aspectos jurídicos</li></ul>



<p>Con esto evitaremos tener que estar rediseñando los sistemas para
adaptarlos a este ámbito, por lo que reduciremos&nbsp;<strong>los costes</strong>,&nbsp; ya que puede resultar bastante caro tener que salvar errores
después de que ya se ha diseñado o implementado el servicio o plataforma en la
entidad.</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img loading="lazy" decoding="async" width="150" height="150" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/amenazas-150x150.jpg" alt="señal de advertencia con signo de admiración" class="wp-image-1879" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/amenazas-150x150.jpg 150w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/amenazas-100x100.jpg 100w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/02/amenazas.jpg 225w" sizes="auto, (max-width: 150px) 100vw, 150px" /></figure></div>



<p><strong>¡Importante a tener en cuenta!</strong></p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow"><p> Las medidas que se adopten deberán ser <strong>proporcionales</strong>&nbsp;y en&nbsp;<strong>función de la sensibilidad de los datos</strong>&nbsp;que se pretenden recoger o tratar.</p></blockquote>



<p>Esperamos que después de este post te haya quedado más claro lo que es uno
de los principales principios del nuevo RGPD<strong>.</strong></p>



<p>Pero si no es así, no te quedes con dudas, contáctanos en el Tlf&nbsp;<strong>96 291 50 25&nbsp;</strong>&nbsp;y cuenta con el asesoramiento experto de uno de nuestros abogados desde el primer minuto.</p>



<figure class="wp-block-image"><img loading="lazy" decoding="async" width="329" height="79" src="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1.png" alt="logo gestiona abogados" class="wp-image-1841" srcset="https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1.png 329w, https://protecciondatoscertificado.es/wp-content/uploads/2019/01/Logo_Gestiona_Abogados-e1539547646503-1-300x72.png 300w" sizes="auto, (max-width: 329px) 100vw, 329px" /><figcaption><a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" aria-label=" (abre en una nueva pestaña)">https://protecciondatoscertificado.es/</a></figcaption></figure>
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		<title>PROTOCOLOS (PARTE VII).  Nombramiento del DPD</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 04 Dec 2018 06:02:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[blog]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[RAT o Registro de Actividades de Tratamiento]]></category>
		<category><![CDATA[DPO]]></category>
		<category><![CDATA[protocolos]]></category>
		<category><![CDATA[Registro de Actividades de Tratamiento]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://protecciondatoscertificado.es/?p=1472</guid>

					<description><![CDATA[<p>Protocolos de cumplimiento como forma de acreditar el principio de Responsabilidad proactiva.  El Delegado de Protección de Datos.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-vii-protocolo-de-cumplimiento-en-relacion-con-la-figura-del-dpd/">PROTOCOLOS (PARTE VII).  Nombramiento del DPD</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h3><strong>¿Qué se debe incluir en el Registro de Actividades de Tratamiento en relación al DPD?</strong></h3>
<ul>
<li>Lo primero que tiene que hacer la empresa en su Registro de Actividades de Tratamiento es definir la &nbsp;naturaleza, cualificación, funciones y competencias del Delegado de Protección de Datos (DPD o DPO en sus siglas en inglés).</li>
<li>Una vez se ha decidido el nombramiento de un DPD, se debe incluir en el RAT &nbsp;el documento de designación, a suscribir por las partes, tanto para el caso en que sea obligatorio contar con esta figura, como en el caso en que &nbsp;la empresa determine la conveniencia de su designación, aunque no fuera obligatorio.</li>
<li>Se recomienda documentar, en este Protocolo, la fundamentación jurídica que justifique tanto la obligatoriedad de la designación, como la no obligatoriedad de la designación del DPD&nbsp;en la empresa.</li>
<li>En el caso de que la empresa designe al DPD, se debe notificar su nombramiento a la Agencia Española de Protección de Datos, por lo que se recomienda incluir en el Protocolo interno la fecha de comunicación a la AEPD, y anexar el justificante de la notificación realizada.</li>
<li>
<blockquote><p>En base a lo anterior, la&nbsp;Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto en marcha en su&nbsp;<span class="removed_link" title="https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/">Sede electrónica</span>&nbsp;un procedimiento para que las Administraciones Públicas y las entidades privadas obligadas a designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) puedan comunicar este nombramiento, tal y como la normativa establece.</p></blockquote>
</li>
<li>
<blockquote><p>El nuevo&nbsp;<a href="https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formDelegadoProteccionDatos/procedimientoDelegadoProteccion.jsf">procedimiento para la comunicación del Delegado de Protección de Datos</a>&nbsp;es un<a href="https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formDelegadoProteccionDatos/procedimientoDelegadoProteccion.jsf" target="_blank" rel="noopener noreferrer"> formulario online</a> al que se accede con certificado electrónico, en cumplimiento del artículo&nbsp;<a href="https://www.iberley.es/legislacion/ley-39-2015-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-administraciones-publicas-23461061?ancla=9238811#ancla_9238811">14</a>&nbsp;de la&nbsp;<a href="https://www.iberley.es/legislacion/ley-39-2015-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-administraciones-publicas-23461061"><span data-vids="729582281"><strong>Ley 39/2015</strong></span>&nbsp;</a>, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p></blockquote>
</li>
<li>Se recomienda asimismo que la Memoria Anual que realice el DPD, así como cualquier documento o proceso interno que desarrolle, se anexen a este Protocolo.</li>
</ul>
<h3><strong>¿Cuándo es necesario&nbsp;un delegado de protección de datos?</strong></h3>
<p>Atendiendo al art. 37,&nbsp;<a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a>, el responsable y el encargado del tratamiento designarán un delegado de protección de datos siempre que:</p>
<ol>
<li>el tratamiento lo lleve a cabo una <strong>autoridad u organismo público</strong>, excepto los tribunales que actúen en ejercicio de su función judicial;</li>
<li>las actividades principales del responsable o del encargado consistan en operaciones de tratamiento que, en razón de su naturaleza, alcance y/o fines, requieran una <strong>observación habitual y sistemática de interesados a gran escala</strong>,</li>
<li>&nbsp;las actividades principales del responsable o del encargado consistan en el<strong> tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales</strong> (art. 9,&nbsp;<a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a>)&nbsp;y de datos relativos a condenas e infracciones penales&nbsp;(art.&nbsp;10,&nbsp;<a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a>)</li>
</ol>
<p>En casos distintos de los contemplados anteriormente, el responsable o el encargado del tratamiento o las asociaciones y otros organismos que representen a categorías de responsables o encargados podrán designar un delegado de protección de datos o deberán designarlo si así lo exige el Derecho de la Unión o de los Estados miembros. El delegado de protección de datos podrá actuar por cuenta de estas asociaciones y otros organismos que representen a responsables o encargados.</p>
<blockquote><p>A menos que sea obvio que una organización no está obligada a designar un DPO, los responsables del tratamiento de datos personales deben documentar el análisis interno realizado para determinar si necesita un DPO.</p></blockquote>
<p>Cuando una organización designa un DPO&nbsp;de manera voluntaria se aplican los mismos requisitos establecidos en casos de designación obligatoria.</p>
<p>Esto no impide que una organización, que no desee designar un DPO&nbsp;de manera voluntaria y&nbsp;no está legalmente obligado a designar, contrate personal o consultores externos con&nbsp;tareas relacionadas con la protección de datos personales. En este caso, es importante garantizar que no haya&nbsp;confusión respecto a su título, estado, cargo y tareas. Debería quedar claro, en las comunicaciones dentro de la empresa, así como con las autoridades de protección de datos, las personas y público en general, que el título de esta persona, o consultor, no es un “DPO”.</p>
<h5><strong>Autoridad u Organismo público</strong></h5>
<p>&nbsp;</p>
<p>El GDPR no define qué constituye una autoridad u organismo público. La UE&nbsp;considera que&nbsp;dicha noción debe determinarse con arreglo a la legislación nacional.</p>
<p>En tales casos, la designación de un DPO es obligatoria.</p>
<p>Una tarea pública puede ser llevada a cabo no sólo por parte de Autoridades u organismos públicos, sino también por otras personas físicas o jurídicas de derecho público o&nbsp;sectores tales como:</p>
<ul>
<li>Servicios de transporte,</li>
<li>Suministro de energía,</li>
<li>Infraestructuras viarias,</li>
<li>Servicio público de radiodifusión,</li>
<li>Vivienda pública o</li>
<li>Profesiones reguladas.</li>
</ul>
<h5><strong>Datos a gran escala</strong></h5>
<p>&nbsp;</p>
<p>Otro supuesto en el que debe designarse un DPO es cuando el&nbsp;tratamiento de datos personales se realice a gran escala. El GDPR tampoco define lo que constituye gran escala.</p>
<p>De hecho, no es posible dar un número preciso, ni con respecto a la cantidad de datos procesados ni&nbsp;con el número de personas afectadas.</p>
<p>Esto no&nbsp;excluye la posibilidad de que con el tiempo, una práctica estándar pueda desarrollarse, para especificar en&nbsp;objetivos cuantitativos lo que constituye una «gran escala» para determinados tipos de&nbsp;actividades.</p>
<p>En cualquier caso, se recomienda que se tengan en cuenta los siguientes factores:</p>
<ul>
<li>Número de sujetos afectados, ya sea como número específico o como proporción de población relevante.</li>
<li>Volumen de datos&nbsp;y / o el rango de diferentes elementos de datos que se están procesando.</li>
<li>Duración o permanencia&nbsp;de la actividad de procesamiento de datos.</li>
<li>Extensión geográfica&nbsp;de la actividad de transformación.</li>
</ul>
<h6><u>Ejemplos de&nbsp;procesamiento a gran escala</u>:</h6>
<ul>
<li>Procesamiento de datos de pacientes,&nbsp;en el curso regular de los negocios, por un hospital.</li>
<li>Tratamiento&nbsp;de datos de viajes de personas que utilizan el sistema de transporte público de una ciudad (por ejemplo, tarjetas de viaje).</li>
<li>Procesamiento de datos geográficos, en tiempo real, de clientes de una cadena internacional de comida rápida, para fines estadísticos, por un procesador especializado en la prestación de estos servicios.</li>
<li>Gestión&nbsp;de datos de clientes, en el curso normal de los negocios, por una compañía de seguros o un banco.</li>
<li>Procesar&nbsp;datos personales para publicidad conductual mediante un motor de búsqueda.</li>
<li>Tratamiento&nbsp;de datos (contenido, tráfico, ubicación) por teléfono o proveedores de servicios de Internet.</li>
</ul>
<h6><u>Ejemplos que&nbsp;no constituyen tratamiento&nbsp;a gran escala</u>:</h6>
<ul>
<li>Procesamiento de datos de pacientes por un médico individual.</li>
<li>Tratamiento por un abogado de datos personales relativos a condenas penales y delitos cometidos.</li>
</ul>
<h5><strong>Monitoreo regular y sistemático</strong></h5>
<p>&nbsp;</p>
<p>La noción de&nbsp;supervisión regular y sistemática de los datos&nbsp;tampoco está definida en el GDPR.</p>
<p>El concepto de «control del comportamiento de los interesados» incluye claramente&nbsp;todas las formas de seguimiento y elaboración de perfiles en Internet, incluso con fines de publicidad.</p>
<p>La UE&nbsp;interpreta “<strong>regular</strong>” como:</p>
<ul>
<li>En curso, ocurriendo a intervalos particulares, durante un período determinado.</li>
<li>Recurrentes o repetidos en horarios fijos.</li>
<li>Constante o periódicamente, teniendo lugar.</li>
</ul>
<p>Interpreta que <strong>“sistemático</strong>” como:</p>
<ul>
<li>Ocurren según un sistema.</li>
<li>Organización previa, organizada o metódica.</li>
<li>En el marco de un plan general de recogida de datos.</li>
<li>Realizado como parte de una estrategia.</li>
</ul>
<p><strong><u>Ejemplos</u></strong></p>
<ul>
<li>Operar una red de telecomunicaciones;</li>
<li>Prestación de servicios de telecomunicaciones;</li>
<li>Elaboración de perfiles y puntuación para fines de evaluación de riesgos;</li>
<li>Seguimiento mediante aplicaciones móviles;</li>
<li>Programas de lealtad;</li>
<li>Publicidad conductual;</li>
<li>Seguimiento de&nbsp;datos sobre el bienestar, la aptitud física y la salud, a través de dispositivos portátiles;</li>
<li>Circuito cerrado de televisión;</li>
<li>Dispositivos conectados.</li>
</ul>
<h3><strong>¿Quién puede ser DPD?</strong></h3>
<ul>
<li>El delegado de protección de datos será designado atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos,&nbsp; y a su capacidad para desempeñar las funciones indicadas en el&nbsp;artículo&nbsp;39 <a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a></li>
<li>El delegado de protección de datos podrá formar parte de la plantilla del responsable o del encargado del tratamiento o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios.</li>
</ul>
<h3><strong>¿Qué funciones ha de cumplir un delegado de protección de datos?</strong></h3>
<p>El delegado de protección de datos tendrá como mínimo las siguientes funciones:</p>
<ul>
<li>a) informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento,&nbsp; y a los empleados que se ocupen del tratamiento, de las obligaciones que les incumben en virtud del RGPD y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros;</li>
<li>b) supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD, de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección de datos personales, incluida la<strong> asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes</strong>;</li>
<li>c) ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el&nbsp;artículo 35 <a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a></li>
<li>d) cooperar con la autoridad de control;</li>
<li>e) actuar como punto de contacto de la autoridad de control para cuestiones relativas al tratamiento, incluida la consulta previa a que se refiere el&nbsp;artículo&nbsp;36 <a href="https://www.iberley.es/legislacion/reglamento-ue-2016-679-27-abr-doue-proteccion-personas-fisicas-respecta-tratamiento-datos-personales-libre-circulacion-datos-derogacion-directiva-95-46-ce-reglamento-general-proteccion-datos-24473701">RGPD</a>, y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.</li>
</ul>
<p>El delegado de protección de datos desempeñará sus funciones prestando la debida atención a los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento, teniendo en cuenta la naturaleza, el alcance, el contexto y fines del tratamiento.</p>
<h3><strong>Obligatoriedad del DPD en las administraciones públicas</strong></h3>
<ul>
<li>En el artículo 37 RGPD se encuentra la obligación para las administraciones públicas&nbsp;que manejen datos personales de designar un DPD.</li>
<li>Igualmente, el RGPD requiere que cuando el tratamiento de datos lo lleva a cabo una autoridad pública, la persona nombrada como DPD, debe acreditar «conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos». Además, debe también poseer un conocimiento sólido de las normas y procedimientos administrativos de la organización.</li>
</ul>
<h3><strong>Fácilmente accesible desde cada establecimiento</strong></h3>
<ul>
<li>El RGPD permite a un grupo de empresas designar un único DPO&nbsp;siempre que sea “Fácilmente accesible desde cada establecimiento”.</li>
<li>La noción de accesibilidad se refiere a las tareas del&nbsp;DPO como punto de contacto con respecto a los datos.</li>
<li>A fin de garantizar que el&nbsp;DPO, ya sea interno o externo, sea accesible, es importante garantizar que&nbsp;sus datos de contacto están disponibles de acuerdo con los requisitos del RGPD.</li>
<li>El DPO debe estar en una posición tal que pueda comunicarse eficientemente con los sujetos de datos y cooperar con las autoridades de supervisión de que se trate. Esto también significa que esta comunicación debe realizarse en la lengua o las lenguas utilizadas por las autoridades de supervisión y los interesados.</li>
<li>También puede designarse un único DPO&nbsp;para varias autoridades u organismos públicos, teniendo en cuenta su estructura organizativa y su tamaño.</li>
<li>Dado que la entidad es responsable de una variedad de tareas, debe asegurarse de que un solo DPO puede llevarlas a cabo eficientemente.</li>
<li>El DPO&nbsp;está obligado por el secreto o la confidencialidad con respecto a la realización de sus tareas.&nbsp; Sin embargo, la obligación de secreto/ confidencialidad no prohíbe que el DPO&nbsp;se ponga en contacto y solicite asesoramiento de la autoridad supervisora.</li>
</ul>
<h3><strong>Entidades obligadas a tener un DPD</strong></h3>
<p>Algunas de las entidades que están obligadas a la designación de un delegado de protección de datos son:</p>
<ul>
<li>Colegios profesionales y sus consejos generales</li>
<li>Centros docentes</li>
<li>Entidades que exploten redes y presten servicios de comunicaciones electrónicas</li>
<li>Prestadores de servicios de la sociedad de la información</li>
<li>Entidades de crédito</li>
<li>Establecimientos financieros de crédito</li>
<li>Entidades aseguradoras y reaseguradoras</li>
<li>Empresas de servicios de inversión</li>
<li>Distribuidores y comercializadores de energía eléctrica y de gas natural</li>
<li>Entidades responsables de ficheros comunes para la evaluación de la solvencia patrimonial y crédito o de los ficheros comunes para la gestión y prevención del fraude</li>
<li>Entidades que desarrollen actividades de publicidad y prospección comercial</li>
<li>Centros sanitarios</li>
<li>Entidades que tengan como uno de sus objetos la emisión de informes comerciales acerca de personas y empresas.</li>
<li>Operadores que desarrollen la actividad de juego</li>
<li>Quienes desempeñen las actividades de Seguridad Privada</li>
<li>Aquellas empresas que no figuren en este listado pueden designar voluntariamente un delegado de protección de datos.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a></p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/protocolos-parte-vii-protocolo-de-cumplimiento-en-relacion-con-la-figura-del-dpd/">PROTOCOLOS (PARTE VII).  Nombramiento del DPD</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS (T.I.D)</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/transferencias-internacionales-de-datos-t-i-d/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Oct 2018 17:48:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[Transferencias Internacionales de Datos RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Que debo hacer si necesito realizar una transferencia internacional de datos personales?</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/transferencias-internacionales-de-datos-t-i-d/">TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS (T.I.D)</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>¿Qué es una T.I.D. o Transferencia Internacional de Datos?</strong></p>
<p>Una Transferencia Internacional de Datos de carácter personal se produce cuando dichos datos son transmitidos fuera de las fronteras del Espacio Económico Europeo.  Dependiendo del país de destino, se requerirá la autorización previa de la autoridad de control. En España es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).</p>
<p><strong>¿Se puede realizar una T.I.D. si no lo autoriza la Autoridad de Control?</strong></p>
<p>Si. En caso de que la transferencia internacional se realice a un país no autorizado por la autoridad de control, existen “normas corporativas vinculantes” o “contratos tipo” que harían posible la realización de estas transferencias.</p>
<p>En <a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> estamos cualificados para la redacción y presentación de estas normas corporativas,  o contratos tipo, que nos van a permitir la realización de  transferencias internacionales, sin riesgos, y con las adecuadas garantías para los interesados en los datos de carácter personal.</p>
<p>Pincha <a href="https://protecciondatoscertificado.es/transferencias-internacionales-de-datos/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">aquí</a> para saber más sobre las T.I.D..</p>
<p>El equipo de <a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> está perfectamente capacitado para preparar todos los aspectos previos a realizar ante una transferencia internacional de Datos.</p>
<p>Pincha <a href="https://protecciondatoscertificado.es/cuando-se-puede-realizar-una-t-i-d/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">aquí</a> si necesitas más información de en qué casos está permitido realizar una T.I.D.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/transferencias-internacionales-de-datos-t-i-d/">TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS (T.I.D)</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>COMUNICACIÓN CON LA AUTORIDAD DE CONTROL</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/comunicacion-con-la-autoridad-de-control/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Oct 2018 17:44:52 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Brechas de seguridad RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Comunicación con la Autoridad de Control por el Delegado de Protección de Datos.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/comunicacion-con-la-autoridad-de-control/">COMUNICACIÓN CON LA AUTORIDAD DE CONTROL</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="wpb_text_column wpb_content_element ">
<div class="wpb_wrapper">
<p>En caso de ser nombrados Delegado de Protección de Datos,&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> procederá a la inscripción de dicho nombramiento en la Agencia Española de Protección de Datos, como así indica la legislación actual.</p>
<p>Si se produjera una violación de seguridad (ataques externos de hackers, perdida de dispositivos informáticos que contengan información de carácter personal, acceso a información sensible de personal no autorizado, etc.) habría que implantar el protocolo que, para estas situaciones, deben existir en las organizaciones.</p>
<p>En caso de que esta violación de seguridad pueda constituir un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas, deberá comunicarse a la autoridad de control en un plazo de 72 horas.</p>
<p>Desde&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> le asistiremos en estas situaciones, siendo nexo de unión entre la autoridad de control y la propia organización.</p>
<p>No obstante, en&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> trabajaremos día a día en la prevención con el fin de que estas situaciones no se produzcan, o en caso contrario, minimizar los efectos negativos que se puedan producir.</p>
</div>
</div>
<div class="vc_empty_space"></div>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/comunicacion-con-la-autoridad-de-control/">COMUNICACIÓN CON LA AUTORIDAD DE CONTROL</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>RECLAMACIONES DE INTERESADOS</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/reclamaciones-de-interesados/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Oct 2018 17:41:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derechos de los ciudadanos]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[Reclamaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://protecciondatoscertificado.es/?p=1229</guid>

					<description><![CDATA[<p>Me ha llegado una reclamación de indemnización por un titular de datos personales.  ¿Que puedo hacer?</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/reclamaciones-de-interesados/">RECLAMACIONES DE INTERESADOS</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="wpb_text_column wpb_content_element ">
<div class="wpb_wrapper">
<h2></h2>
</div>
</div>
<div class="vc_empty_space"></div>
<div class="wpb_text_column wpb_content_element ">
<div class="wpb_wrapper">
<p>Con relación a las reclamaciones que los interesados( de los datos de carácter personal) pudieran presentar contra su empresa u organización,&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a> le asistirá y asesorará en todo el proceso. Esto significa la redacción de las contestaciones a las citadas reclamaciones, así como cualquier comunicación con las autoridades de control. En España, dicha autoridad de control es la Agencia Española de Protección de Datos.</p>
<p>Debe tenerse en cuenta que cualquier tratamiento de datos de carácter personal es responsabilidad del Responsable del mismo y como tal debe actuar. Es por ello de suma importancia el asesoramiento de profesionales competentes lo que minimizará el riesgo de hipotéticas sanciones o reclamaciones de interesados afectados.</p>
<p>Se redactarán protocolos de actuación en caso de violaciones de seguridad que impliquen la comunicación a los interesados afectados y a la autoridad de control. Estos protocolos se seguirán también en el caso de recibir una reclamación de uno o varios interesados.</p>
</div>
</div>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/reclamaciones-de-interesados/">RECLAMACIONES DE INTERESADOS</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Sigues sin implantar el RGPD?: Las sanciones pueden llegar a los 20 millones de euros</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/sigues-sin-implantar-el-rgpd-las-sanciones-pueden-llegar-a-los-20-millones-de-euros/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 26 Oct 2018 10:30:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[blog]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[Sanciones en el RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[DPO]]></category>
		<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[SANCIONES]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://protecciondatoscertificado.es/?p=1206</guid>

					<description><![CDATA[<p>En caso de incumplimiento o infracción de la normativa aplicable sobre protección de datos, el responsable del tratamiento queda sujeto al régimen sancionador previsto en el RGPD.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/sigues-sin-implantar-el-rgpd-las-sanciones-pueden-llegar-a-los-20-millones-de-euros/">¿Sigues sin implantar el RGPD?: Las sanciones pueden llegar a los 20 millones de euros</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Desde el 25 de mayo de 2018,&nbsp;</strong>todas las empresas, sociedades, autónomos, comunidades, asociaciones y administraciones públicas de los Estados miembros, están obligadas al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos.&nbsp; Las sanciones que establece el RGPD son muy elevadas,</p>
<p>No solo las grandes organizaciones recaban datos a diario que hay que saber gestionar y tratar, sino que también los&nbsp;<strong>autónomos y pymes tratáis a diario con este tipo de información</strong>. Lo hacéis cuando abrís fichas con los datos de vuestros clientes, cuando pedís vía telefónica información personal o cuando solicitáis la identificación de un cliente en vuestra página web.</p>
<h2><strong>Tipos de sanciones del RGPD</strong></h2>
<p>El&nbsp;<strong>régimen sancionador&nbsp;</strong>del RGPD es aplicable<strong>&nbsp;cuando el tratamiento de los datos de carácter personal que maneja la empresa, no se adecua a la norma</strong><span id="addon-section">&nbsp;. En su artículo 83.2 se especifica que las multas se establecerán en función a la infracción de que se trate.</span></p>
<p><strong>Multas administrativas</strong></p>
<p><span id="addon-section" style="color: #ff0000;">Según la infracción<strong>, las multas administrativas que se contemplan pueden alcanzar de entre 10 y 20 millones de euros, o entre el 2 y el 4% del volumen de negocio anual global</strong>.</span></p>
<p><strong>Para establecer la cuantía de las sanciones se atenderá al caso particular</strong>&nbsp;y se tendrá debidamente en cuenta:</p>
<ol>
<li>La&nbsp;<strong>naturaleza, gravedad y duración de la infracción</strong>, estudiando la naturaleza, alcance o propósito de la misma, así como el número de interesados afectados y el nivel de los daños y perjuicios que hayan sufrido.</li>
<li>La&nbsp;<strong>intencionalidad o negligencia</strong>&nbsp;en la infracción.</li>
<li>Cualquier&nbsp;<strong>medida tomada por el responsable o encargado</strong>&nbsp;del tratamiento para paliar los daños y perjuicios sufridos por los interesados.</li>
<li>El&nbsp;<strong>grado de responsabilidad del encargado</strong>&nbsp;del tratamiento de los datos, habida cuenta de las medidas técnicas u organizativas que hayan aplicado para salvaguardar la información.</li>
<li><strong>Toda infracción anterior cometida</strong>&nbsp;por el responsable o el encargado del tratamiento.</li>
<li>El&nbsp;<strong>grado de cooperación con la autoridad de control</strong>&nbsp;con el fin de poner remedio a la infracción y mitigar los posibles efectos adversos de la infracción.</li>
<li>Las&nbsp;<strong>categorías de los datos de carácter personal afectados</strong>&nbsp;por la infracción.</li>
<li>La&nbsp;<strong>forma en que la autoridad de control tuvo conocimiento de la infracción</strong>, en particular si el responsable o el encargado notificó la infracción y, en tal caso, en qué medida.</li>
<li>Que&nbsp;<strong>el responsable o el encargado de que se trate, en relación con el mismo asunto, ya haya sido sancionado</strong>, entre otras, con una advertencia o apercibimiento al cumplimiento de dichas medidas.</li>
<li>La&nbsp;<strong>adhesión a códigos de conducta o a mecanismos de certificación</strong>aprobados con arreglo al articulado del propio RGPD.</li>
<li>Cualquier otro&nbsp;<strong>factor agravante o atenuante aplicable</strong>&nbsp;a las circunstancias del caso, como los beneficios financieros obtenidos o las pérdidas evitadas, directa o indirectamente, a través de la infracción.</li>
</ol>
<p>Por poner algún ejemplo, ahora la cesión de datos a un prestador de servicios sin que se haya suscrito previamente el correspondiente acuerdo, con las medidas de seguridad necesarias y establecidas por el RGPD, que actualmente es castigado con hasta 300.000€, pasará a ser multado hasta con 10 millones de euros o un 2% del volumen de negocio total anual del año anterior.</p>
<p><strong>Sanciones Penales</strong></p>
<p>Esta nueva normativa también establece, por primera vez,&nbsp;<strong>la posibilidad de que los Estados miembro puedan instaurar sanciones penales por el incumplimiento del RGPD,&nbsp;</strong>trascendiendo la vía administrativa.</p>
<p><strong>Indemnizaciones</strong></p>
<p>Además,&nbsp;<strong>el afectado</strong>&nbsp;que haya sufrido daño y/o perjuicio, ya sea material o inmaterial, como consecuencia de una infracción de su articulado,&nbsp;<strong>tendrá derecho a recibir una indemnización</strong>&nbsp;del encargado o responsable del tratamiento de los datos.</p>
<p>El no ponerte al día con esta normativa puede traerte consecuencias muy negativas. En&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a>&nbsp;podemos ayudarte.</p>
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		<title>¿QUE HACER ANTE UNA BRECHA DE SEGURIDAD?</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/que-hacer-ante-una-brecha-de-seguridad/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gestiona Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Oct 2018 10:30:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[blog]]></category>
		<category><![CDATA[Brechas de seguridad RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[BRECHA DE SEGURIDAD]]></category>
		<category><![CDATA[DPO]]></category>
		<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Qué debemos hacer ante una brecha de seguridad en los datos personales que tratamos?</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Brecha: ¿Qué hacer?</strong></p>
<p>Cualquier estructura, esquema o modelo productivo que, durante la ejecución de sus actividades, demande datos personales a la vez que genera nueva información a partir de éstos, necesita contar con un sistema para detectar alteraciones en el acceso a sus bases.&nbsp; Si se produce un acceso no autorizado a esos datos personales, que pueda comprometer la privacidad, se produce una brecha de seguridad.</p>
<p><strong>¿Cómo debe ser ese sistema?</strong></p>
<p>Tal sistema debe apoyarse en verificaciones periódicas y aleatorias, así como en herramientas informáticas pensadas para la protección. De igual forma, es fundamental un registro ordenado de las incidencias con toda la información posible (niveles de acceso, tipos de datos afectados, alcance de la información comprometida, etc.).</p>
<p><strong>Obligación de notificar la brecha de seguridad</strong></p>
<p>Si durante la evaluación de los sistemas, observamos que se han visto comprometidos derechos personales, se ha producido una brecha de seguridad, naciendo la obligación, en ese momento, de notificarlo a la AEPD, según lo impartido en el artículo 33 del RGPD:&nbsp;<a href="https://docs.google.com/viewer?url=https%3A%2F%2Fwww.aepd.es%2Fmedia%2Fguias%2Fguia-brechas-seguridad.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Guía para la notificación y gestión de brechas de seguridad</a></p>
<p><strong>Plan de respuesta</strong></p>
<p>Es por ello que, tan importante es contar con un sistema que detecte problemas de seguridad,como tener un plan de respuesta o actuación para resolver esos problemas de seguridad.</p>
<p>El plan de actuación debe contemplar modelos que categoricen las amenazas y generen acciones de contención. Es decir, un buen plan de actuación tiene como uno de sus ejes, evitar que aumente el daño causado por un acceso o uso fraudulento de los datos.</p>
<p><strong>Defensa de los afectados</strong></p>
<p>“Toda persona que haya sufrido daños y perjuicios materiales o inmateriales como consecuencia de una infracción del presente Reglamento tendrá derecho a recibir del responsable o el encargado del tratamiento una indemnización por los daños y perjuicios sufridos”. (Artículo 82&nbsp;<a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/574082-regl-2016-679-ue-de-27-abr-proteccion-de-las-personas-fisicas-en-lo-que.html#a82" target="_blank" rel="noopener noreferrer">RGPD</a>).</p>
<p>Ninguna entidad pública o privada puede permanecer ajena a la nueva coyuntura. Vivimos una época donde toda la realidad es reducible a datos y donde todo se conecta con todo.</p>
<p>La mejor estrategia es contar e incorporar expertos o especialistas en la implementación de todo aquello que orienta el Reglamento. En&nbsp;<a href="https://protecciondatoscertificado.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Gestiona Abogados</a>&nbsp;podemos ayudarle en todo lo que necesite.</p>
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		<title>Auditorías – Evaluaciones de Impacto</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/auditorias-lopd-evaluaciones-de-impacto/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Oct 2018 08:59:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Análisis de Riesgos RGPD]]></category>
		<category><![CDATA[Auditorías de Protección de Datos]]></category>
		<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<category><![CDATA[EIPD]]></category>
		<category><![CDATA[DPO]]></category>
		<category><![CDATA[LOPD]]></category>
		<category><![CDATA[RGPD]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Auditoría, Análisis de Riesgos, Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/auditorias-lopd-evaluaciones-de-impacto/">Auditorías – Evaluaciones de Impacto</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Con la antigua <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-23750" target="_blank" rel="noopener noreferrer">LOPD</a>&nbsp;si en el desarrollo de su actividad, trataba datos de nivel de seguridad medio (por ejemplo, antecedentes penales) o alto (como salud o religión), se exigía realizar una Auditoria&nbsp; bianual obligatoria, por parte de una entidad externa a la empresa.</p>
<blockquote><p>Despachos de abogados, gabinetes de psicología o logopedia, clínicas de todo tipo (dentistas, podólogos, fisioterapia…), etc.</p></blockquote>
<p>Este tipo de actividades, por norma general, estaban sujetas a realizar la auditoria de protección de datos cada 2 años.</p>
<p>Con la entrada en vigor de del RGPD, las auditorias y los niveles de seguridad (básico, medio y alto) desaparecen.</p>
<p>Sin embargo, esta figura ha sido sustituida por una evaluación de impacto <a href="https://protecciondatoscertificado.es/auditorias-lopd-evaluaciones-de-impacto/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">(EIPD)</a>.</p>
<p><strong>Un ejercicio de análisis de los riesgos</strong> que un determinado sistema de información, producto o servicio puede suponer para el derecho a la protección de datos de los afectados cuyos datos se tratan.</p>
<p>Como resultado de ese análisis, la gestión de riesgos mediante la adopción de las medidas necesarias para eliminar o atenuar en lo posible aquellos que se hayan identificado.</p>
<h3><span id="Analisis_de_riesgos_de_proteccion_de_datos" style="color: #ff0000;">Análisis de riesgos de protección de datos</span></h3>
<p>El objetivo del análisis de riesgos es&nbsp;<strong>determinar la probabilidad de que se produzcan situaciones no deseadas y su gravedad</strong>.</p>
<p>Por lo tanto, concretaremos y describiremos qué medidas se han previsto para los procesos clave del tratamiento que estamos evaluando.</p>
<p>Se deberá&nbsp;<strong>analizar</strong> también las diferentes medidas que se han previsto inicialmente para reducir los riesgos del tratamiento (en sus dos dimensiones: probabilidad y gravedad).</p>
<p>De esta forma, podemos valorar el nivel de riesgo inicial de las operaciones de tratamiento que se han diseñado.</p>
<p>Si no se toma ningún tipo de medida para mitigar la probabilidad y la gravedad de un potencial escenario de riesgo, es altamente probable que se produzca y, a priori, puede tener unas&nbsp; consecuencias muy graves.</p>
<h3><span id="Finalidad_de_una_EIPD" style="color: #ff0000;">Finalidad de una EIPD</span></h3>
<p>Sus siglas en inglés son PIA, que corresponden a Privacy Impact Assessment.</p>
<p>El objetivo de una <a href="https://protecciondatoscertificado.es/auditorias-lopd-evaluaciones-de-impacto/" target="_blank" rel="noopener noreferrer">EIPD</a> es&nbsp;<strong>permitir a los responsables del tratamiento tomar medidas adecuadas</strong>&nbsp;para reducir dicho riesgo (minimizar la probabilidad de su materialización y las consecuencias negativas para los interesados).</p>
<p>En consecuencia, las EIPD deben realizarse antes de iniciar las operaciones de tratamiento; siendo el primer paso la determinación de la necesidad (o no) de la propia evaluación de impacto.</p>
<p>Las evaluaciones de impacto&nbsp; se deben realizar una sola vez, antes del comienzo de la actividad (o antes de la adaptación al <a href="https://www.aepd.es/normativa/index.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">RGPD</a>, si la actividad ya ha comenzado), y únicamente en determinados casos.</p>
<p>El <a href="https://www.aepd.es/normativa/index.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">RGPD</a> no especifica exactamente qué tipo de empresas deben pasarla, sino que da unas directrices para que cada país decida.</p>
<h3><span id="Cuando_debe_realizarse_la_Evaluacion_de_Impacto_de_Proteccion_de_Datos" style="color: #ff0000;">¿Cuándo debe realizarse una Evaluación de Impacto?</span></h3>
<p>Es recomendable que en el momento de realizar un nuevo tratamiento se analicen los posibles riesgos que puede entrañar el mismo.</p>
<p>Las&nbsp;<a href="https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/national-data-protection-authorities-jan_2018_en.pdf">autoridades nacionales de protección de datos</a>&nbsp;(APD), junto con el&nbsp;<a href="https://edpb.europa.eu/edpb_es" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Comité Europeo de Protección de Datos</a>, pueden proporcionar listas de casos en los que se exige una EIPD.</p>
<p>Esta debe realizarse antes del tratamiento y se considerará como una herramienta viva y no únicamente un ejercicio puntual.</p>
<p>Cuando existan riesgos residuales que no puedan mitigarse mediante las medidas aplicadas, deberá consultarse a la <a href="https://docs.google.com/viewer?url=https%3A%2F%2Fec.europa.eu%2Fcommission%2Fsites%2Fbeta-political%2Ffiles%2Fnational-data-protection-authorities-jan_2018_en.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">APD</a> antes de iniciar el tratamiento.</p>
<p>No obstante, la nueva regulación europea establece que la EIPD <strong>&nbsp;es obligatoria</strong>&nbsp;cuando se dé:</p>
<ul>
<li>Alto riesgo</li>
<li>Evaluación sistemática</li>
<li>Tratamiento a gran escala de datos especialmente protegidos</li>
<li>Uso de tecnologías invasivas</li>
</ul>
<h4><span id="Alto_riesgo" style="color: #3366ff;">Alto riesgo</span></h4>
<p>Cuando el&nbsp;tratamiento vaya a entrañar un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.</p>
<p>Por ejemplo en el empleo de nuevas tecnologías, o si atendemos a su naturaleza, contexto y alcance.</p>
<h4><span id="Evaluacion_sistematica" style="color: #3366ff;">Evaluación sistemática</span></h4>
<p>En el momento que, sistemáticamente, se evalúe aspectos personales de personas físicas basadas en un tratamiento automatizado</p>
<p>Es el caso de la elaboración de perfiles.</p>
<h4><span id="Tratamiento_a_gran_escala_de_datos_especialmente_protegidos" style="color: #3366ff;">Tratamiento a gran escala de datos especialmente protegidos</span></h4>
<p>Si se realiza un&nbsp;<a href="https://www.protecciondatos-lopd.com/empresas/tratamiento-gran-escala-datos-personales/">tratamiento a gran escala</a>&nbsp;de las categorías especiales de datos del&nbsp;<a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/574082-regl-2016-679-ue-de-27-abr-proteccion-de-las-personas-fisicas-en-lo-que.html#a9" target="_blank" rel="noopener noreferrer">artículo 9, apartado 1 del RGPD</a>, o de los datos personales relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el&nbsp;<a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/574082-regl-2016-679-ue-de-27-abr-proteccion-de-las-personas-fisicas-en-lo-que.html#a10" target="_blank" rel="noopener noreferrer">artículo 10 del RGPD</a>.</p>
<p>Incluimos en este apartado también los datos personales relativos a menores.</p>
<h4><span id="Uso_de_tecnologias_invasivas" style="color: #3366ff;">Uso de tecnologías invasivas</span></h4>
<p>Siempre que se vayan a utilizar tecnologías que se consideran especialmente invasivas con la privacidad.</p>
<p>Nos referimos a:</p>
<ul>
<li>Videovigilancia a gran escala</li>
<li>Aeronaves no tripuladas (drones)</li>
<li>Vigilancia electrónica</li>
<li>Minería de datos</li>
<li><a href="https://www.protecciondatos-lopd.com/empresas/datos-biometricos/">Biometría</a></li>
<li>Técnicas genéticas</li>
<li>Geolocalización</li>
</ul>
<h5><span id="Empresas_obligadas_a_realizar_una_Evaluacion_de_Impacto" style="color: #3366ff;">Empresas obligadas a realizar una Evaluación de Impacto</span></h5>
<p>Algunas de las entidades que tienen que realizar una evaluación de impacto son:</p>
<ul>
<li>Farmacéuticas</li>
<li>Hospitales y clínicas</li>
<li>Seguridad privada, vigilancia y control</li>
<li>Comercializadoras de energía</li>
<li>Empresas que realicen e-commerce</li>
<li>Colegios</li>
</ul>
<p>Continuando con la descripción de las circunstancias que obligan a hacer la evaluación de impacto, el Reglamento también establece que las autoridades de supervisión están obligadas a elaborar y publicar una lista con los tipos de operaciones de tratamiento que están sujetos a la exigencia de llevar a cabo una EIPD.</p>
<h3><span id="Cual_es_el_papel_del_Delegado_de_Proteccion_de_Datos_con_respecto_a_las_EIPD" style="color: #ff0000;">¿Cual es el papel del Delegado de Protección de Datos con respecto a las EIPD?</span></h3>
<p>En primer lugar, hay que decir que el RGPD determina que cuando el responsable del tratamiento debe llevar a cabo una <a href="https://docs.google.com/viewer?url=https%3A%2F%2Fwww.aepd.es%2Fmedia%2Fguias%2Fguia-evaluaciones-de-impacto-rgpd.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer">EIPD</a> tiene que buscar el asesoramiento del DPO.</p>
<p>Bajo mi punto de vista, junto con la privacidad por defecto y desde el diseño, las evaluaciones de impacto en protección de datos es una de las herramientas que, bien aplicada y sobre todo en aquellos supuestos en que resulte obligatorio realizarlas, contribuye en gran medida a acreditar que la entidad cumple con el principio de responsabilidad proactiva (<i>accountability</i>) que exige el Reglamento.</p>
<h3><span id="Tarifas" style="color: #ff0000;">Tarifas</span></h3>
<p>No hay un precio definido ni cerrado para la contratación de una Evaluación de Impacto.</p>
<p>El precio dependerá del alcance que el sistema de información, producto o servicio tenga en relación con el tratamiento de los datos personales, así como las categorías de datos que se traten.</p>
<p>Si necesitas realizar una EIPD puedes&nbsp;<a href="https://www.protecciondatos-lopd.com/">solicitarnos una propuesta económica</a>.</p>
<div class="kk-star-ratings bottom-left lft" data-id="4080">
<div class="kksr-stars kksr-star gray"></div>
</div>
<p>Consúltenos en el teléfono 962915025 o en el correo electrónico protecciondatoscertificado@gmail.com,&nbsp; para que podamos darle una información más precisa.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/auditorias-lopd-evaluaciones-de-impacto/">Auditorías – Evaluaciones de Impacto</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>También actuamos como Delegados de Protección de Datos en la Administración Local</title>
		<link>https://protecciondatoscertificado.es/tambien-actuamos-como-delegados-de-proteccion-de-datos-en-la-administracion-local/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Oct 2018 08:59:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[DPD]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://protecciondatoscertificado.es/?p=918</guid>

					<description><![CDATA[<p>Delegado de Protección de Datos en las Administraciones Locales.</p>
<p>La entrada <a href="https://protecciondatoscertificado.es/tambien-actuamos-como-delegados-de-proteccion-de-datos-en-la-administracion-local/">También actuamos como Delegados de Protección de Datos en la Administración Local</a> se publicó primero en <a href="https://protecciondatoscertificado.es">Gestiona Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <a href="https://www.aepd.es/normativa/index.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">RGPD</a>&nbsp; introduce como obligatoria la figura del Delegado de Protección de Datos (<a href="https://www.aepd.es/reglamento/cumplimiento/delegado-de-proteccion-de-datos.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">DPO</a>) en determinados supuestos.</p>
<p>Entre ellos, se incluye, la necesidad de nombrar un <a href="https://www.aepd.es/reglamento/cumplimiento/delegado-de-proteccion-de-datos.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">DPO</a> cuando “el tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público” (artículo 37.1.a&nbsp; <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/574082-regl-2016-679-ue-de-27-abr-proteccion-de-las-personas-fisicas-en-lo-que.html#a37" target="_blank" rel="noopener noreferrer">RGPD</a>).</p>
<p>En las Entidades Locales, dicha obligatoriedad se extiende a sus entes dependientes de carácter público.</p>
<p>La obligación abarcaría a cualquier tipo de entidad dependiente, incluidas fundaciones y sociedades mercantiles,&nbsp; en cuanto que son entidades responsables de prestar un servicio público.</p>
<p>Una vez reconocida la apuntada obligatoriedad de disponer de un&nbsp;<a href="https://www.aepd.es/reglamento/cumplimiento/delegado-de-proteccion-de-datos.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">DPO</a>, debemos considerar dos aspectos distintos en cuanto a su configuración en las Entidades Locales:</p>
<ol>
<li>Por un lado la obligación de nombrar un <a href="https://www.aepd.es/reglamento/cumplimiento/delegado-de-proteccion-de-datos.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">DPO</a>, en todo caso, para las entidades de tipo provincial (Diputaciones, Consejos y Cabildos) y Ayuntamientos “grandes”; y en su caso para Ayuntamientos “medianos”.</li>
<li>&nbsp;Y por otro lado la posibilidad de que las citadas entidades supramunicipales (y quizá otras, como Mancomunidades y Comarcales) puedan prestar el servicio de <a href="https://www.aepd.es/reglamento/cumplimiento/delegado-de-proteccion-de-datos.html" target="_blank" rel="noopener noreferrer">DPO</a> de modo externo a todos los Ayuntamientos “pequeños” dentro de su ámbito, y en su caso, al resto.</li>
<li>En Gestiona Abogados prestamos el servicio con Delegados de Protección de Datos en la Administración Local y otras entidades responsables de prestar un servicio público.</li>
</ol>
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