Hoy veremos el tercer paso para implantar el ENS o Esquema Nacional de Seguridad:

COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS

1 CONDICIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD DE LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.

Las  comunicaciones  electrónicas  son  un  punto  sensible  en  cuanto a seguridad, por su vulnerabilidad a ataques de diversa índole.

El ENS determina que deben controlarse las condiciones técnicas de seguridad de las comunicaciones electrónicas en lo relativo a la constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas, del contenido integro de las comunicaciones y la identificación fidedigna del remitente y destinatario de las mismas, según lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junioE.

Las  medidas  de  seguridad  adoptadas  serán  implementadas  de acuerdo con lo establecido en el ENS.

Debe  tenerse  en  cuenta  que  las  comunicaciones  tendrán  el  valor  y  la  eficacia  jurídica  que  corresponda  a  su  naturaleza,  según la legislación aplicable.

2 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DE NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS.

Las notificaciones y publicaciones electrónicas de resoluciones y actos administrativos, por su impacto en los ciudadanos, deben protegerse cuidadosamente.

El ENS exige que:

  • Se  asegure  la  autenticidad  del  organismo  que  lo  publique.
  • Se asegure la integridad de la información publicada.
  • Quede constancia de la fecha y hora de la puesta a disposición del interesado de la resolución, o acto, objeto de publicación o notificación, así como del acceso a su contenido.
  • Se asegure la autenticidad del destinatario de la publicación, o notificación.

3 FIRMA ELECTRÓNICA.

La firma electrónica es una medida de seguridad muy valiosa para proteger la autenticidad de quien emite una comunicación electrónica.

El uso de la firma electrónica debe documentarse en una política de firma electrónica, así como debe existir una política de certificados, que regulen los procesos de generación, validación y conservación de firmas electrónicas, así como las características y requisitos exigibles a los sistemas de firma electrónica, los certificados, los servicios de sellado de tiempo, y otros elementos de soporte de las firmas.

La  firma  electrónica  se  aplicará  según  lo  estipulado  en  el  Anexo II del ENS y el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

4 AUDITORIA DE SEGURIDAD.

El  ENS  requiere  que  se  lleve  a  cabo  una  auditoría  cada  dos  años como mínimo, o antes, si hay cambios importantes en el sistema de información, que puedan afectar a las medidas de seguridad requeridas.

La  auditoría  se  llevará  a  cabo  siguiendo  las  pautas  de  las  guías CCN-STIC-802 Guía de Auditoría y CCN-STIC-808 Verificación del Cumplimiento de las Medidas.

Los informes de auditoría detectarán las deficiencias y desviaciones del sistema de seguridad respecto a lo establecido en el ENS y deberán ser analizados para tomar acciones que corrijan esta situación.

5 ESTADO DE SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS.

Regularmente, el Comité Sectorial de administración electrónica,  elaborará  un  informe  en  el  que  se  recogerán  las  principales  variables  de  la  seguridad  en  los  sistemas  de  información  a  los  que  se  refiere  el  ENS,  de  forma  que  permita  elaborar un perfil general del estado de la seguridad en las Administraciones públicas.

Estado de Seguridad de los Sistemas en el ENS

6 RESPUESTA A INCIDENTES DE SEGURIDAD

6.1 Capacidad de respuesta.

El Centro Criptológico Nacional (CCN) articulará la respuesta a los incidentes de seguridad en torno a la estructura denominada  CCN-CERT  (Centro  Criptológico  Nacional-Computer  Emergency  Reaction  Team). 

Se  denomina  CERT  a  un  grupo  de trabajo responsable de desarrollar medidas de prevención y de reacción ante incidentes de seguridad en los sistemas de información.

Este grupo actuará sin perjuicio de las capacidades  de  respuesta  a  incidentes  de  seguridad  que  pueda  tener cada administración pública, y de la función de coordinación a nivel nacional e internacional del CCN.

6.2 Prestación de servicios de respuesta a incidentes de seguridad.

El CCN-CERT mencionado en el punto anterior prestará a las Administraciones Públicas los siguientes servicios:

  • Soporte y coordinación para el tratamiento de vulnerabilidades y la resolución de incidentes de seguridad.
  • Investigación y divulgación de las mejores prácticas sobre seguridad de la información. En este contexto se han desarrollado las series de documentos CCN-STIC (Centro  Criptológico  Nacional-Seguridad  de  las  Tecnologías  de  Información  y  Comunicaciones),  elaboradas  por  el  Centro Criptológico Nacional y que se pueden consultar en su sitio web www.ccn-cert.cni.es
  • Formación  destinada  al  personal  de  la  administración,  especialista en el campo de la seguridad, de las tecnologías de la información.
  • Información  sobre  vulnerabilidades,  alertas  y  avisos  de  nuevas amenazas.

El CCN desarrollará un programa que ofrezca la información, formación, recomendaciones y herramientas necesarias para que  las  Administraciones  Públicas  puedan  desarrollar  sus  propias capacidades de respuesta a incidentes de seguridad, y en el que aquél, será coordinador a nivel público estatal.

7 NORMAS DE CONFORMIDAD.

7.1 Sedes y registros electrónicos.

Las  sedes  y  registros  electrónicos  son  el  primer  punto  de  contacto del ciudadano con la administración electrónica.

De ahí que sea fundamental garantizar su seguridad y la del acceso electrónico de los ciudadanos a las mismas.

Son servicios críticos que se protegerán de acuerdo con los requisitos del ENS.

7.2 Ciclo de vida de servicios y sistemas.

Para que la seguridad sea verdaderamente integral debe estar presente en todo el ciclo de vida de servicios y sistemas, por lo que las especificaciones de seguridad deben incluirse con  el  resto  de  especificaciones  funcionales,  organizativas,  etc. cuando se decida planificar un nuevo servicio o sistema.

7.3 Mecanismos de control

Sin  un  mecanismo  de  control  que  monitorice  y  verifique  el  correcto  seguimiento  de  las  directrices  de  seguridad  no  es  posible tener un sistema de seguridad que funcione correctamente.

Deben establecerse puntos y elementos de control para realizar esta tarea.

7.4 Publicación de conformidad.

Las entidades sujetas al ENS deben hacer públicas, en las correspondientes sedes electrónicas, las declaraciones de conformidad con el ENS, y cualquier otro distintivo de seguridad que posean.

Declaración de Conformidad ENS

8 ACTUALIZACIÓN

8.1 Actualización permanente.

Ya se ha mencionado, y se vuelve a insistir aquí,  en  la  importancia  de  mantener  actualizado  el  sistema  de  seguridad,  mejorándolo  con  el  tiempo  para  responder  a  los  cambios  en  los  servicios  de  administración  electrónica,  la evolución tecnológica y nuevos estándares internacionales sobre seguridad y auditoría en los sistemas, y tecnologías de la información.

8.2 Categorías.

Los sistemas se adscribirán a una categoría, en función de la gravedad del impacto que tendría un incidente, que afectara a la seguridad de la información o de los servicios.

Esta categoría es la que da la medida de hasta qué punto hay que  dedicar  esfuerzos  en  seguridad,  para proteger  ese  sistema  de los riesgos a los que está expuesto.

Las  consecuencias  de  un  impacto  negativo,  sobre  la  seguridad de la información y de los servicios, se valora en función de su repercusión en la capacidad de la organización para el logro de sus objetivos, la protección de sus activos, el cumplimiento de sus obligaciones de servicio, el respeto de la legalidad, y los derechos de los ciudadanos.

8.3 Facultades

El responsable de cada información o servicio es quien debe realizar las valoraciones mencionadas en el punto anterior y mantenerlas actualizadas.

El responsable del sistema es quien debe asignar la categoría al mismo.

Ya hemos expuesto hasta aquí, los principios básicos que deben marcar el ENS o Esquema Nacional de Seguridad, como primer paso, así como los requisitos mínimos de seguridad, como segundo paso. Con el tercer paso de hoy, las comunicaciones electrónicas, sólo nos restará por ver el Plan de Adecuación del ENS, que veremos el próximo día.