Según la Agencia Española de Protección de Datos, “el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) configura una serie de “medidas de responsabilidad activa” aplicables a los responsables, y en ocasiones, también a los encargados de tratamiento.
En la Guía del Reglamento General de Protección de Datos para responsables de tratamiento se analizan estas medidas distinguiendo las siguientes:
  • -análisis de riesgos:
  • -registro de actividades de tratamiento
  • protección de datos desde el diseño y por defecto
  • – medidas de seguridad
  • -notificación de “violaciones de seguridad de los datos”
  • -evaluación de impacto sobre la protección de datos
  • -Y,  finalmente, el Delegado de Protección de Datos.

 

  • Esta figura, conocida popularmente como DPO por sus siglas en inglés, (Data Protection Officer), constituye uno de los elementos claves del RGPD, y en consecuencia, es un garante del cumplimiento de la normativa de la protección de datos en las organizaciones, sin sustituir las funciones que desarrollan las Autoridades de Control”.

 

Nuestro despacho, como DPDs certificados facilita su adaptación al marco de la legalidad actual. Dentro de las funciones que desempeñamos, figura:

  • Asesoramiento integral en la adaptación a la nueva normativa.
  • Documentación soporte de tratamientos basados en Interés Legítimo.
    Estudio de tratamientos específicos especialmente complejos dentro de su Grupo de Empresas.
  • Evaluación de Impacto en Privacidad (EIPD, PIA) en tratamientos de datos especialmente sensibles, o en función de su alto riesgo o perímetro.
  • Regularización de sus flujos de datos al estándar “Privacy by Design” o Privacidad desde el diseño.
  • Gestión y notificación de brechas de seguridad en su organización.
  • Defensa en procedimientos sancionadores de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y ante la jurisdicción contencioso administrativa.

Sabemos lo que su empresa necesita. Ofrecemos soluciones, no informes.